Conoce cuáles son los principales cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal 2024
- Contabilidad en Punto

- 18 ene 2024
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 26 ene 2024
Te presentamos los principales cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal para este 2024

El 29 de diciembre de 2023, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2024 y que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
A continuación te contamos cuáles son los principales cambios:
• Desaparece regla 2.3.9. respecto a días adicionales para presentación de aviso de compensación.
• Desaparece regla 2.3.10. respecto a la compensación de saldos a favor generados hasta el 31 de diciembre de 2018.
• Artículo Sexto Transitorio: Compensación o devolución a más tardar el 17 de enero de 2024.
• Cambia la numeración de la regla 2.3.12. a la regla 2.3.10. respecto a la facilidad de no presentar el aviso de compensación.
• Se adiciona la regla 2.4.6. respecto a la inscripción, reanudación y suspensión en el RFC de trabajadores.
• Se modifica la regla 2.4.15. respecto a la modificación o incorporación de información de socios, accionistas, así como de representantes legales.
• Se modifica la regla 2.7.1.21. respecto a la emisión del CFDI Global del RIF y RESICOPF: no es necesario elaborarlo en Mis Cuentas.
• Permanece la regla 2.7.5.6. respecto al plazo para corregir CFDI de Nóminas emitidos en 2023.
• Permanece la regla 2.8.1.4. respecto a Mis Cuentas: Contabilidad.
• Permanece la regla 2.14.14. respecto a la reducción de multas por incumplimiento de obligaciones fiscales federales.
• Se modifica la regla 3.13.20. respecto a la copropiedad en actividades empresariales adicionando al arrendamiento de inmuebles.
• Se modifica la regla 3.13.33. respecto a la cancelación del CFDI Global del RESICOPF en materia de Plazo de cancelación: Mes declaración anual.
• Se adiciona la regla 3.13.36. respecto al plazo para habilitar el buzón tributario en el Régimen Simplificado de Confianza: 2 meses.
• Se adiciona la regla 3.13.37. respecto al plazo para generar o renovar la e. firma en el Régimen Simplificado de Confianza: 2 meses.
• Permanece la regla 3.17.11. respecto de contribuyentes asalariados relevados de la obligación de presentar declaración anual del ISR.
• Cuarto Transitorio. Multa por no habilitar buzón tributario a partir del 01 de enero de 2025.
• Séptimo Transitorio. Carta Porte versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024.
• Décimo Segundo Transitorio. RIF que por 2021, 2022 y 2023 hayan expedido CFDI a través de Mis Cuentas Factura Fácil, podrán usar dicho aplicativo para emitir CFDI y Nómina hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Décimo Tercero Transitorio. Facilidad para contribuyentes del Sector Hidrocarburos de expedir el CFDI Global hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Décimo Cuarto Transitorio. Se conserva la facilidad para que las Asociaciones Religiosas no envíen el aviso de opción de mis cuentas siempre y cuando hayan enviado dicho aviso con anterioridad.
• Vigésimo Transitorio. Se reitera el procedimiento de abandono de RESICOPM a RGL y viceversa.
• Desaparecen plazos de facilidades para RESICOPF para obtener la e.firma y habilitar el buzón tributario
Recuerda que si necesitas alguna asesoría o quieres más información sobre la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y como te afectan estos cambios, puedes contactarnos a través de nuestros números de teléfono.




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